lunes, 25 de mayo de 2020

PODER PARA DIVORCIO NOTARIAL O MUNICIPAL




M I N U T A:

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de PODER ESPECIAL, que otorga el señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de nacionalidad peruana, casado, identificado con Documento Nacional de Identidad (D.N.I). Nº XXXXXXXX, con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX - Lima; a favor de YYYYYYYYYYYYYYYYYYYYYY, de nacionalidad peruana, identificado con Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) Nº XXXXXXXX, con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXX - Lima; en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO.- Antecedentes: Con fecha XX de XXXXXX de XXXX, el señor XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, contrajo nupcias con la señora ZZZZZZZZZZZZZZZZ, realizándose dicho matrimonio en la Municipalidad Distrital de XXXXXXXXX – Lima.

SEGUNDO.- Del Poder: Mediante la presente yo, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, otorgo poder especial a mi apoderado, el señor YYYYYYYYYYYYYYYYYYYY, para representarme en el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior ante las municipalidades y/o notarías, regulado por la Ley Nº 29227 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, del matrimonio contraído con la Sra. ZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZ.

TERCERO: En uso de las atribuciones conferidas, mi apoderado queda facultado para suscribir documentos públicos y/o privados que sean necesarios para la tramitación de la separación convencional y divorcio ulterior, de conformidad con los artículos 145° y 155° del Código Civil, en concordancia con el artículo 15° del Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, Reglamento de la Ley Nº 29227, encontrándose autorizado para suscribir solicitudes, tales como las solicitudes de separación convencional y de divorcio ulterior, declaraciones juradas personales, declaraciones juradas de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad y declaración jurada de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales, declaración jurada del último domicilio conyugal, recibir notificaciones, para solicitar y presentar las copias certificadas que sean requeridas, acudir y participar en la audiencia con el fin de ratificar mi voluntad de efectivizar la separación y extinción del vínculo matrimonial, suscribiendo el acta correspondiente y régimen patrimonial de la sociedad de gananciales; en general todas las facultades especiales que para el caso se requieren durante todo el proceso, inclusive para suscribir minutas y escrituras públicas si este fuera notarial y/o recoger las resoluciones de divorcio si este trámite fuera municipal, y de ser el caso, sus aclaraciones, realizando asimismo las gestiones que fueran necesarias para efecto de su inscripción en los Registros correspondientes, es decir, Registros Civiles de la Municipalidad correspondiente, RENIEC y/o Registro Personal de los Registros Públicos hasta concluir con el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior.

CUARTO: Asimismo, mi apoderado queda facultado para regularizar de manera posterior al procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior, mi condición de estado civil ante la RENIEC y registrarlo ante el Registro Personal de la SUNARP y efectuar todo trámite pertinente para tal fin.
Hago constar que la enumeración de facultades que contienen las cláusulas que anteceden, son meramente enunciativas mas no limitativas, siendo mi intención otorgar este poder con las facultades necesarias para culminar con el procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior.

Agregue usted Señor Notario lo demás que fuere de ley, y curse los partes correspondientes para su inscripción registral.

Lima, XX de XXXXXXXX de 2020.







XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
D.N.I. Nº XXXXXXXX


Telefonos: 992930159-988337652.

PODER ESPECIAL PARA PROCESOS JUDICIALES




M I N U T A:

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de PODER ESPECIAL PARA PROCESOS JUDICIALES, que otorga XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, identificada con D.N.I. N° XXXXXXXX, soltera, empresaria, señalando domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, Provincia y Departamento de Lima; a favor de los señores XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, peruano, identificado con D.N.I. Nº XXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXX, identificado con D.N.I. Nº XXXXXXXX; en los términos siguientes:

PRIMERO.- Mediante la presente yo, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, confiero poder especial a favor de los señores XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y/o XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, para que cualquiera de ellos, indistintamente, represente mis derechos en todo tipo de procedimientos judiciales, sean civiles, y/o penales, iniciados o por iniciarse, ya sea como demandante o demandada.

SEGUNDO.- En uso del presente poder mis apoderados quedan facultados para representarme en cualquier tipo de procedimiento Judicial con las más amplias facultades de representación, otorgándoles parta tales efectos las facultades generales y especiales a que se refieren los artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil; en consecuencia mis apoderados quedan facultados para representarme con las atribuciones y potestades generales que me corresponden, debiendo entenderse que la representación se otorga para todo el proceso, inclusive para la ejecución de la sentencia, legitimando a mis apoderados para su intervención en el proceso y la realización de todos los actos del mismo.

En consecuencia, mis apoderados quedan facultados para realizar todos los actos de disposición de derechos sustantivos, reconvenir, contestar la demanda y reconvenciones, desistirse del proceso y de la pretensión, allanarse a la pretensión, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas en el proceso, sustituir o delegar la representación procesal y para los demás actos que exprese la ley, así como para que me representen en todos las audiencias y/o diligencias que se efectúen en dicho procedimiento, suscribir recursos, apelar, presentar Recurso de Casación y cualquier otro, debiendo entenderse que, para el mencionado procedimiento judicial mis apoderados gozan de las más amplias facultades de representación, no pudiendo en consecuencia el mismo ser tachado por insuficiente.

Asimismo, mis apoderados quedan facultados para representarme ante los centros de conciliación, de conformidad con la Ley Nº 26872 y su Reglamento D.S. Nº 001-98-JUS, con el objeto de iniciar, continuar y, de ser citado, comparecer en esta clase de procesos, así como conciliar en forma total o parcial la materia controvertida, disponiendo de los derechos materia de la conciliación, suscribir las actas y documentos que se otorguen en el proceso de conciliación, otorgándoles amplias facultades para, de ser el caso, fijar la suma a someterse a conciliación, inclusive pudiendo conciliar dentro del proceso judicial realizando conciliaciones judiciales sobre mis derechos sustantivos. Pudiendo inclusive realizar principio de oportunidad en el proceso penal correspondiente.

TERCERO.- En general, podrán efectuar cualquier acto procesal ante todo tipo de autoridad judicial, sin límite ni restricción alguna, sean estas Fiscalías, Juzgados Especializados, Mixtos, Transitorios, de Paz Letrado, de Familia, de Trabajo, de Ejecución, Salas y Tribunales, sin restricción alguna, quedando incluidas las atribuciones cuyos actos requieran un poder especial en el Código Procesal Civil, el Código Penal, el Código Procesal Penal, Ley del Procedimiento Administrativo General y Código Tributario. Las facultades de índole judicial se podrán ejercer ante toda clase de Juzgados y Tribunales establecidos por la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás entidades que conforme a ley, ejercen facultades coactivas o de ejecución forzosa.

CUARTO.- En virtud a las atribuciones conferidas, los apoderados quedan facultados para ejercer todos los actos que sean necesarios para dar cumplimiento a los fines del presente poder, gozando para ello de las más amplias facultades de representación a fin de que el presente poder no pueda ser tachado por insuficiente.

Agregue usted Señor Notario lo demás que fuere de ley.


Lima, XX de XXXXXXXX de 2020.





……………………………………………………..
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
D.N.I. N° XXXXXXXX
LA PODERDANTE

Telefonos: 992930159-988337652.

viernes, 22 de mayo de 2020

TRANSFERENCIA DE CONCESIÓN MINERA


M I N U T A:

 

SEÑOR NOTARIO:

 

SÍRVASE USTED EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS, UNA DE TRANSFERENCIA DE CONCESIÓN MINERA, QUE CELEBRAN DE UNA PARTE DON , IDENTIFICADO CON DNI Nº … PERUANO CON DOMICILIO EN … ; Y DE LA OTRA PARTE, … S.A.C., CON R.U.C. Nº  , DEBIDAMENTE REPRESENTADA POR …. PERUANO, EMPRESARIO, IDENTIFICADO CON D.N.I. Nº…, CON DOMICILIO EN…, A QUIENES EN ADELANTE SE LES DENOMINARÁ LA ADQUIRENTE; EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SIGUIENTES:

 

CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES:

 

1.1         EL TRANSFERENTE ES TITULAR EXCLUSIVO Y EXCLUYENTE DEL SIGUIENTE PETITORIO MINERO:

NOMBRE

CÓDIGO

EXTENSIÓN

… HAS

 

 

1.2         EL TRANSFERENTE DECLARA QUE LA CONCESIÓN MINERA INDICADA SE ENCUENTRA LIBRE DE CARGA, GRAVÁMENES, EMBARGOS, MEDIDAS JUDICIALES, EXTRAJUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS. ASIMISMO, EL TRANSFERENTE DECLARA QUE NO SE ENCUENTRA SUJETO A NINGÚN ACTO Y/O CONTRATO QUE LIMITE O RESTRINJA SUS DERECHOS COMO TITULAR DE LA CONCESIÓN MINERA ANTERIORMENTE INDICADA Y/O SU LIBRE DISPOSICIÓN, ASÍ COMO A NINGÚN PROCESO O ACTO QUE CUESTIONE LA VIGENCIA DE ÉSTE O LA TITULARIDAD DE AQUÉLLA SOBRE EL MISMO.

 

1.3         EL ADQUIRENTE DECLARA TENER PLENO CONOCIMIENTO DEL ESTADO Y SITUACIÓN DE PAGO DE LOS DERECHOS DE VIGENCIA DE Y PENALIDADES DE LA CONCESIÓN DESCRITA EN EL NUMERAL 1.1 Y SE OBLIGA EXPRESAMENTE A ASUMIR AQUELLOS PAGOS Y PENALIDADES QUE SE ENCUENTREN PENDIENTES A LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE INSTRUMENTO.

 

CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO:

 

EL TRANSFERENTE TRANSFIRIERE A LA ADQUIRENTE, MEDIANTE EL PRESENTE CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE CONCESIÓN MINERA, EN FORMA IRREVOCABLE Y PERPETUA, EL 100% DE ACCIONES Y DERECHOS DE LA CONCESIÓN MINERA DESCRITA EN EL NUMERAL 1.1. DE LA CLÁUSULA PRECEDENTE (ES DECIR LA TOTALIDAD DE LA CONCESION MINERA…), DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 162, 163 Y 164 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY GENERAL DE MINERÍA.

LA TRANSFERENCIA COMPRENDE LAS PARTES INTEGRANTES Y ACCESORIAS, Y TODO CUANTO DE HECHO Y POR DERECHO CORRESPONDA A LA CONCESIÓN MINERA MATERIA DE ESTA TRANSFERENCIA, SIN RESERVA NI LIMITACIÓN ALGUNA.

 

 

 

CLÁUSULA TERCERA.- ÁMBITO LEGAL:

 

EL PRESENTE CONTRATO DE TRANSFERENCIA SE RIGE POR LAS REGLAS GENERALES DEL DERECHO COMÚN (CÓDIGO CIVIL, LEY GENERAL DE SOCIEDADES Y DEMÁS DEL SISTEMA JURÍDICO QUE RESULTEN APLICABLES), Y EN TODO LO QUE NO SE OPONGA A LO ESTABLECIDO A LA LEY GENERAL DE MINERIA  DECRETO LEGISLATIVO Nº 014-92-EM, SU REGLAMENTO DECRETO SUPREMO Nº 03-94-EM, DECRETO SUPREMO Nº 018-92 EM, SUS MODIFICATORIAS, EN CONCORDANCIAS CON EL TITULO DÉCIMO TERCERO, CAPÍTULO I, ART. 162º, 163º, Y CAPITULO IV, ART. 166º,168º,170º, 171º Y OTROS.

 

CLÁUSULA CUARTA.-  PRECIO Y FORMA DE PAGO:

 

EL PRECIO TOTAL A SER PAGADO POR LA TRANSFERENCIA DEL PETITORIO MINERO DESCRITO EN EL NUMERAL 1.1. DE LA CLÁUSULA PRIMERA HA SIDO FIJADO POR LAS PARTES EN LA SUMA DE US$….00 (… DÓLARES AMERICANOS).

 

EL PRECIO TOTAL ES CANCELADO POR LA ADQUIRENTE EN LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN DE LA PRESENTE MINUTA, SIN MÁS CONSTANCIA DE ELLO QUE LA FIRMA DEL PRESENTE DOCUMENTO POR LAS PARTES.

EL PRESENTE CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE CONCESIÓN MINERO NO SE ENCUENTRA AFECTO AL PAGO DEL IMPUESTO DE ALCABALA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 76 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY GENERAL DE MINERÍA, DECRETO SUPREMO 014-92-EM, COMPLEMENTADO POR LA SEGUNDA DISPOSICIÓN FINAL DEL DECRETO LEGISLATIVO 868 Y LA QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEL REGLAMENTO APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 03-94-EM.

 

CLÁUSULA QUINTA.- ATRIBUCIONES DE LA ADQUIRENTE:

 

A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DE LA PRESENTE MINUTA, LA ADQUIRENTE QUEDAN INVESTIDOS COMO TITULARES DEL PETITORIO MINERO TRANSFERIDO, GOZANDO DE TODOS LOS ATRIBUTOS RECONOCIDOS POR LA CONSTITUCIÓN Y LAS NORMAS MINERAS.

 

CLÁUSULA SEXTA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS:

 

LAS PARTES ACUERDAN QUE CUALQUIER DISPUTA O CONTROVERSIA QUE PUDIERA PRESENTARSE POR LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE PETITORIO MINERO DEBERÁ SER RESUELTA CON ARREGLO A LA LEGISLACIÓN PERUANA.

ASIMISMO, Y SIENDO LA INTENCIÓN DE LAS PARTES QUE LOS PROBLEMAS QUE PUDIERAN PRESENTARSE CON RELACIÓN AL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO SE RESUELVAN DE LA MANERA MÁS RÁPIDA POSIBLE, SE CONVIENE DESDE AHORA QUE CUALQUIER LITIGIO, CONTROVERSIA O RECLAMACIÓN ENTRE ELLAS, RELATIVA A SU INTERPRETACIÓN, EJECUCIÓN O VALIDEZ, SERÁ RESUELTA MEDIANTE ARBITRAJE DE DERECHO.

EL ARBITRAJE SE LLEVARÁ A CABO EN LA CIUDAD DE LIMA, MEDIANTE LA CONSTITUCIÓN DE UN TRIBUNAL ARBITRAL CONFORMADO POR TRES MIEMBROS, DE LOS CUALES CADA UNA DE LAS PARTES NOMBRARÁ UNO Y LOS DOS ÁRBITROS ASÍ DESIGNADOS NOMBRARÁN AL TERCER ÁRBITRO. LOS ÁRBITROS QUEDAN EXPRESAMENTE FACULTADOS PARA DETERMINAR LA CONTROVERSIA MATERIA DEL ARBITRAJE.

EL PLAZO DE DURACIÓN DEL PROCESO ARBITRAL NO DEBERÁ EXCEDER DE SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO CONTADOS DESDE LA FECHA DE DESIGNACIÓN DEL ÚLTIMO ÁRBITRO Y SE REGIRÁ POR LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE ARBITRAJE, APROBADA POR LEY 26572 Y/O LAS NORMAS QUE LA SUSTITUYAN O MODIFIQUEN.  EL LAUDO ARBITRAL TENDRÁ CARÁCTER DEFINITIVO E INAPELABLE.

LOS GASTOS QUE SE GENEREN POR LA APLICACIÓN DE LO PACTADO EN LA PRESENTE CLÁUSULA SERÁN SUFRAGADOS POR LA PARTE PERDEDORA.

 

CLÁUSULA SÉTIMA.-  DOMICILIOS:

 

PARA EFECTOS DE LAS COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES, LAS PARTES SEÑALAN COMO SUS DOMICILIOS LOS INDICADOS EN LA INTRODUCCIÓN DEL PRESENTE DOCUMENTO, SALVO QUE ÉSTE FUERA VARIADO PREVIAMENTE POR COMUNICACIÓN ESCRITA DIRIGIDA A LA OTRA PARTE VÍA CARTA NOTARIAL, CON UNA ANTICIPACIÓN MÍNIMA DE 10 (DIEZ) DÍAS ÚTILES.

 

 

CLÁUSULA OCTAVA.- GASTOS:

 

TODOS LOS GASTOS NOTARIALES Y REGISTRALES QUE OCASIONE LA FORMALIZACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE PETITORIO MINERO CORRERÁN POR CUENTA Y CARGO DE LA ADQUIRENTE.

 

AGREGUE USTED SEÑOR NOTARIO LAS DEMÁS CLÁUSULAS DE LEY Y ELEVE LA PRESENTE MINUTA A ESCRITURA PÚBLICA.

 

LIMA,….

 

 

  EL TRANSFERENTE

 

   

                                                           LA ADQUIRENTE


Telefonos: 988337652- 992930159

domingo, 17 de mayo de 2020

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA





M I N U T A

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase usted extender en su Registro de Asuntos no Contenciosos una Escritura Pública de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA de nacimiento de AAAAAAAAAAAAAAA, que solicito yo la recurrente BBBBBBBBBBBBBBBBB, de nacionalidad peruana, identificada con D.N.I. Nº XXXXXXXX, estado Civil Viuda, de Ocupación su casa, con domicilio en XXXXXXXXXXX, Provincia y Departamento de Lima; ante Ud. me presento y digo: 

PRIMERO.- Que, la recurrente soy madre de quien en vida fue mi hija AAAAAAAAAAAAA, fallecida con fecha XX de XXXXXXXXX de XXXX, conforme se acredita con el acta de defunción correspondiente que se adjunta a la presente y solicito a su digno Despacho se sirva iniciar el trámite de rectificación de partida de nacimiento de mi difunta hija, instrumento en el cual se advierte el siguiente error:

A.- Con respecto de los datos de la progenitora: Se ha consignado mi nombre como YYYYYYYYYYYYY, habiéndose omitido mi segundo pre-nombre “ZZZZZZ”, así como mi segundo apellido “WWWWW”; en consecuencia el nombre completo y correcto de la progenitora de la titular es: BBBBBBBBBBBBBBBBBBB, tal como se acredita con mi partida de Nacimiento expedida por la RENIEC.

SEGUNDO.- Como consecuencia de lo expuesto anteriormente solicito a su despacho, el inicio del Procedimiento No contencioso correspondiente, y que cumplido con los trámites que la Ley prescribe, ordene a las entidades pertinentes la debida rectificación de la Partida materia de solicitud.

TERCERO.-   Los medios Probatorios con los que podrá ser confrontada la Partida que se solicita rectificar son:

a.      Partida de Nacimiento de BBBBBBBBBBBBBBBBBBBB

CUARTO.- Como consecuencia de lo expuesto en las anteriores cláusulas solicito a su despacho, el inicio del Procedimiento No contencioso correspondiente, y que cumplido con los trámites que la ley prescribe, oficien a las entidades correspondientes a efectos que en la  partida se consigne el texto rectificado según lo detallado en las cláusulas anteriores, al amparo de la documentación adjuntada y las normas contenidas en el Decreto Ley 26662, artículos 1º, 3º, 5º, 13º, 15º, 16° y siguientes; en concordancia con el articulo 826 siguientes del Código Procesal Civil y artículos 19º, 20º y 25º del Código Civil.

“ARTICULO 1°.- De la ley N° 26662.- Asunto No Contenciosos- los interesados pueden recurrir indistintamente al poder judicial o ante notario. 

“ARTÍCULO 15.- Objeto del trámite.- Las rectificaciones que tengan por objeto corregir los errores y omisiones de nombre, apellidos, fecha de nacimiento, de matrimonio, defunción u otros que resulten evidente del tenor de la propia partida o de otros documentos probatorios, se tramitarán ante notario. En ningún caso se podrá seguir el trámite notarial para cambiar el nombre de la persona o sus apellidos, el sexo u otra información contenida en la partida que no surja de un error evidente.

“ARTÍCULO 16.- SOLICITUD.- La solicitud será formulada por cualquiera de los siguientes interesados: 1) El representante legal del incapaz y, a falta de aquél, por cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, para la partida de nacimiento. 2) La persona cuya partida de nacimiento se trata de rectificar, si es mayor de edad, y, si ha fallecido, por sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. 3) Cualquiera de los cónyuges o, por fallecimiento de éstos; por cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, para la rectificación de la partida de matrimonio. 4) Cualquiera de los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del fallecido, para la partida de defunción.

QUINTO.- Acompaño a la presente minuta los siguientes documentos:
1.- Copia simple de mi DNI.
2.- Partida de Nacimiento de AAAAAAAAAAAAAAAAA, expedida por la RENIEC.
3.- Partida de Defunción de AAAAAAAAAAAAAAAAA, expedida por la RENIEC
4.- Partida de Nacimiento de BBBBBBBBBBBBBBBBBBBB, expedida por la  RENIEC

POR TANTO:
Agregue usted, señor notario, los documentos probatorios pertinentes y curse partes al registro del estado civil de las oficinas de la RENIEC.

Lima, XX de XXXXXX de 2020.



__________________________________
BBBBBBBBBBBBBBBBBBBB
D.N.I. Nº XXXXXXXX

Telefonos: 992930159-988337652.

SUCESIÓN INTESTADA.





M I N U T A:

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase extender en su Registro de Asuntos No Contenciosos, una Sucesión Intestada, que solicito yo AAAAAAAAAAAAAAAAA, identificada con D.N.I. Nº XXXXXXXX, de estado civil casada, ama de casa, con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, provincia y departamento de Lima; en los términos siguientes:

PRIMERO.-
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26662 y Artículo 815 y siguientes del Código Civil, solicito se sirva iniciar el trámite de SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue mi padre XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, fallecido intestado el XX de XXXXXXXX de XXXX, en el distrito de XXXXXXXXX - Lima, y que cumplido con el trámite establecido en la ley, se declare como sus herederos a la señora XXXXXXXXXXXXXXXXX, en calidad de cónyuge supérstite del causante; y las señoritas AAAAAAAAAAAAAAAAA, XXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXX, en su condición de hijas del causante.

SEGUNDO.- COMPETENCIA:
A efectos de señalar la competencia del despacho Notarial, señalo como último domicilio del causante en el XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, provincia y departamento de Lima.

TERCERO.- FUNDAMENTO DE DERECHO:
Amparo mi solicitud en la documentación adjuntada y las normas contenidas en el Decreto Ley 26662, artículos 1º, 3º, 5º, 13º, 38° y siguientes; en concordancia con el artículo 749°, 830° y siguientes del Código Procesal Civil y artículos 19º, 20º, 25º, 749, 830 y siguientes del Código Civil.

CUARTO.- RELACION DE BIENES DEL CAUSANTE
1.- Bien inmueble ubicado en el XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, Provincia y Departamento de Lima (con denominación municipal: XXXXXXXXXXXXXX), inscrito en la Partida N° XXXXXXXX del Registro de Predios de Lima.

QUINTO.- PRUEBAS Y/O ANEXOS
Adjunto a mi solicitud la siguiente documentación que ampara mi petición:
1.     Copia de mi DNI.
2.     Copia Certificada de la Partida de Defunción del causante XxxXXXXXXXXXXXXXXX, expedida por la RENIEC.
3.     Copia Certificada de la Partida de Matrimonio de XXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXX, expedida por RENIEC.
4.     Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de XXXXXXXXXXXXXXXX, expedida por la RENIEC.
5.     Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de XXXXXXXXXXXXXXXX, expedida por la RENIEC.
6.     Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de XXXXXXXXXXXXXXXX, expedida por la RENIEC.
7.     Certificado Negativo de Inscripción de Testamento de XXXXXXXXXXXXXXX, expedido por SUNARP.
8.     Certificado Negativo de Inscripción de Sucesión Intestada de XXXXXXXXXXXXXXX, expedido por SUNARP.
9.     Copia literal de la Partida Electrónica N° XXXXXXXX del Registro de Predios de Lima, expedida por SUNARP.

POR LO EXPUESTO:

A Ud. Señor Notario, pido admitir la presente solicitud, efectuar las publicaciones de ley, protocolizar los actuados declarándonos herederas conforme se solicita, y elevar a escritura pública el acta correspondiente inscribiéndose en el Registro de Personas Naturales y Registro de Predios de la SUNARP.

Lima, XX de XXXXXXXX de 2020.


_____________________________
AAAAAAAAAAAAAAAAA
D.N.I. Nº XXXXXXXX


Telefonos: 992930159-988337652.

DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMÚN


                                                   

SUMILLA: DEMANDA DE DIVORCIO

 

AL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE FAMILIA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO:

 

, identificada con DNI Nº…, con domicilio real y procesal en…, y la correspondiente Casilla Judicial Electrónica Nº…, ante usted, respetuosamente, me presento y digo:

 

I. PETITORIO.

Que recurro ante vuestro despacho con el fin de interponer la presente DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMÚN; demanda que va dirigida a mi cónyuge…, quien será notificado en…, y también contra el MINISTERIO PÚBLICO, de conformidad con lo establecido en el Art. 481 del Código Procesal Civil, a fin de que el Órgano Jurisdiccional declare la disolución del vínculo matrimonial existente entre ambos.

 

II. FUNDAMENTOS DE HECHO.

1. Que, la recurrente contrajo matrimonio con el demandado don  el día … ante la Municipalidad Provincial de …, producto de lo cual procreamos a nuestros cinco hijos de nombres …, …, …, … y …., de los cuales, actualmente, ninguno es menor de edad.

2. Que, el …, la recurrente se apersona a la comisaría de …, manifestando que se retira del hogar conyugal hacia el hogar de sus progenitores, por cuanto se encontraba en estado de gestación (ocho meses) y no tendría con quien dejar a sus hijos en caso de parto, y porque hacía ocho meses que su cónyuge …no cumplía con sus obligaciones, puesto que éste había abandonado el domicilio conyugal, como queda establecido en la constatación policial de RETIRO DE HOGAR CONYUGAL, asignada con el Nº …, adjuntada a la presente.  

3. Que, ante incumplimiento de sus deberes maritales, se interpone al demandado una DEMANDA DE ALIMENTOS ante el Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, de fecha…, seguida con Expediente Judicial Nº…del 4to. Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, que se adjunta a la presente demanda.

4. Que, con fecha …, se expide el Certificado Médico Legal Nº 0…VFL, adjuntado a la presente, en el que se constatan “excoriaciones ungueales en ángulo externo del ojo derecho, región geniana derecha, frontal izquierda, mejilla izquierda, cola de ceja izquierda, dorso nasal derecho, dorso de muñeca izquierda, dorso de mano derecha, excoriación en mucosa de labio superior lado izquierdo; ocasionada por agente contundente duro y uña humana.”, que constituyen pruebas de la agresión referida por la recurrente, por parte de su cónyuge y de la amante de éste, ocasionada el día …. En el que se refiere, también, maltrato psicológico y físico ocasionado por su cónyuge desde hace diez años.

5. Que, con fecha…, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lima emite sentencia condenatoria contra… y… por Faltas Contra La Persona-Lesiones en agravio de…, que consta en el expediente Nº…, adjuntada a la presente, por cuanto estos agredieron a la agraviada cuando esta última concurrió al centro laboral de su cónyuge para solicitarle dinero para los gastos diarios del hogar el día...

6. Que, con fecha …, la recurrente se apersona a la comisaría de Zárate para denunciar por violencia familiar (maltrato psicológico), manifestando que su cónyuge –con el que ya no existía convivencia de hecho, pues, éste había abandonado injustificadamente el hogar en marzo de …, para irse a vivir con otra persona– iba a su casa en algunas ocasiones en estado de ebriedad queriendo tener relaciones sexuales con ella, y llevándose, además, a sus hijos a trabajar en su taller en contra de su voluntad; tal y como queda establecido en la Copia Certificada expedida por la Comisaría de Zárate, que se adjunta a la presente.

7. Que, el demandado,…, con fecha…, interpone DEMANDA DE DIVORCIO… ante el Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho, que consta en el Expediente Nº…, adjuntada a la presente demanda, en cuyos Fundamentos de Hecho señala que “a lo largo de nuestra vida matrimonial, ésta fue inestable debido a la grave incompatibilidad de caracteres…” (Numeral 5); evidenciando, de este modo, por un lado, la voluntad de éste para concluir las relaciones conyugales establecidas por ley, y, por otro, lo problemático que resulta mantener dicho matrimonio –que, de hecho ya no existe, pero se mantiene legalmente.

8. Señor Juez, por lo expuesto, es preciso concluirse este matrimonio, pues, ES IMPOSIBLE HACER VIDA EN COMÚN con el demandado. Tanto por motivos físicos, por cuanto no hay convivencia de hecho, pues, el demandado ha abandonado el hogar conyugal y se encuentra indispuesto, al igual que mi persona, a efectuarla. Así como también, debido a que este matrimonio carece de los pilares fundamentales de tal institución, los cuales son: el amor, la comprensión, el respeto mutuo y la cohabitación. Siendo el caso contrario, al no haber existido respeto, dicho matrimonio carece de sentido como institución, convirtiéndose en nada más que una mera figura plasmada sobre el papel, es decir, es un matrimonio “ficticio” que no hace otra cosa que  generar problemas de diversa índole, tales como psicológicos, en lo que respecta al desarrollo emocional de las personas; económicos, por la vigencia de la sociedad de gananciales en la práctica disfuncional, y a todas luces absurda; y sociales, pues, distorsiona el concepto de familia. De tal modo que resulta injusta la convivencia bajo un mismo “techo legal” con alguien que no presenta afecto ni empatía hacia mí, y con quien, a pesar de no desear su compañía, debo mantenerme atada por razones nobles y en contra de mi voluntad.

 

III. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA.

 

Amparo la presente demanda en los siguientes artículos:

 

CÓDIGO CIVIL:

- Art. 333, Inc. 11 del Código Civil, que prescribe sobre la causal invocada que es de imposibilidad de hacer vida en común es el presente proceso.

- Art. 334.- Que señala que la titularidad de la acción corresponde a los cónyuges.

- Art. 350.- La misma que establece los efectos del matrimonio.

- Art. 348.- del Código Civil, que prescribe que el divorcio por causal persigue la disolución del vínculo matrimonial.

- Art. 349.- del Código Civil que prescribe que pueden demandarse el divorcio por las causales señaladas en el Art. 333 inciso del 1 al 12.

 CÓDIGO PROCESAL CIVIL:

- Art. 24 inc. 2 del Código Procesal Civil, sobre la competencia de su despacho.

- Art. 481 del Código Procesal Civil, pues prescribe que en los procesos de divorcio, el Ministerio Público es parte.

- Art. 483.- La que prescribe: “Salvo que hubiera decisión judicial firme, deben acumularse a la pretensión principal de Divorcio, las pretensiones de alimentos, tenencia, separación de bienes gananciales y otros”.

 

 V. VÍA PROCEDIMENTAL.

 

La presente acción se tramita en la Vía de CONOCIMIENTO al amparo de lo dispuesto por el Art. 480 del Código Procesal Civil modificado por la Ley. 27495.

Debiéndose tener presente que la acumulación de pretensiones planeada no impide que se conozca el presente proceso en la vía de conocimiento, tal como lo señala el Art. 483 del Texto Legal glosado.

 

VI. COMPETENCIA.

 

Debido a que la presente demanda es una de DIVORCIO y conforme al Art. 24 inc. 2 del Código Procesal Civil, que prescribe “Además del Juez del domicilio del demandado, también es competente, a elección del demandante el Juez del último domicilio conyugal”, en el presente caso vuestro despacho es competente tanto porque el domicilio del demandado pertenece a vuestra competencia territorial así como también el último domicilio conyugal pertenece a vuestra competencia territorial.

 

VII. MEDIOS PROBATORIOS.

 

1. Partida de Matrimonio expedida por Municipalidad de …, con la cual se acredita el vínculo matrimonial que tengo con la demandada, el distrito donde se celebró el matrimonio y la fecha de celebración del mismo.

2. Copia Certificada emitida por la Comisaría de Zárate PNP, con la cual se acredita mi retiro voluntario del hogar conyugal y la fecha del mismo, por motivos económicos y de salud ocasionados por el desentendimiento de las obligaciones conyugales del demandado.

3. Copia simple de la Demanda de Alimentos presentada ante el Juzgado de Paz Letrado de …, de fecha …, anotada en el expediente de Nº …, con la cual se acredita el desatendimiento del demandado a sus obligaciones conyugales.

4. Copia simple del Certificado Médico Legal Nº… que se expide con fecha …, con el cual se prueban las agresiones ocasionadas por parte del demandado.

5. Copia simple de la sentencia condenatoria emitida, con fecha …, por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lima, contra … y … por Faltas Contra La Persona-Lesiones en agravio de …, que consta en el expediente Nº …, con la que se acredita el reconocimiento, por parte de la autoridad competente, de las agresiones, reprobándolas y aplicándoles, a los autores, la sanción correspondiente.

6. Copia Certificada de denuncia expedida por la Comisaría de Zárate, de fecha…, con la que se acreditan nuevas agresiones, esta vez psicológicas, por parte del demandado.

7. Copia simple de DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO, interpuesta por el demandado ante el Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho, de fecha …, que consta en el Expediente Nº …, en la cual se evidencia el deseo del demandado de no seguir unido a su cónyuge (es decir, a la recurrente).

8. Copia Literal de la Partida N°…, emitida por Registros Públicos.

 

VIII. ANEXOS DE LA DEMANDA.

 

1-A. Copia de mi D.N.I.

1-B. Certificado de inscripción emitido por RENIEC.

1-C. Partida de Matrimonio expedida por la Municipalidad de Pisco.

1-D. Copia Certificada emitida por la Comisaría de Zárate PNP.

1-E. Copia simple de la Demanda de Alimentos presentada ante el Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, de fecha…, anotada en el expediente de Nº...

1-F. Copia simple del Certificado Médico Legal Nº…, de fecha…

1-G. Copia simple de la sentencia condenatoria emitida, con fecha…, por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lima, que consta en el expediente Nº…

1-H. Copia Certificada de denuncia expedida por la Comisaría de Zárate, de fecha...

1-I. Copia simple de DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO, interpuesta por el demandado ante el Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho, de fecha …, que consta en el Expediente Nº …

1-J. Copia Literal de la Partida N°…, emitida por Registros Públicos.

1-K. Papeleta de Habilitación del letrado que suscribe la demanda.

 

OTROSI DIGO: Que de conformidad con el Artículo 80° del C.P.C., OTORGO las facultades de representación que señala el Art. 74 del acotado, a los letrados que autoriza el presente, … con Registro del Colegio de Abogados de Lima N° … y … con Registro del Colegio de Abogados de Lima N° 49068 declarando estar instruidos de tal representación y de sus alcances.

 

POR LO EXPUESTO:

 

A Ud. Señor Juez, solicito se sirva ADMITIR la presente demanda y oportunamente declararla FUNDADA.

 

Lima,…

 

 Telefonos: 988337652- 992930159