jueves, 25 de junio de 2020

APELACION ACTA DE INFRACCION PEATON COVIT 19.


Interpongo: Recurso de Apelación contra Acta de Infracción y Sanción Nº XXXXXX

SEÑOR
JEFE DE LA REGIÓN POLICIAL DE LIMA
Av. España Nº 400 - Lima


XXXXXXXXXXXXXXXXXX, identificado con D.N.I. Nº XXXXXXXX, con domicilio en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, señalando domicilio procesal en XXXXXXXXXXXXXXXX, a usted con el debido respeto me presento y digo:

I.- PETITORIO:

Al amparo de lo dispuesto en el Art. 16, del D.S. 006-2020-IN, interpongo recurso administrativo de apelación en contra del Acta de Infracción y Sanción Nº XXXXXX, de fecha XX/XX/2020, que me impone sanción de multa de 10% de una UIT, por la comisión de la infracción de código C03, para que el Jefe de la División Territorial de la Región Policial de Lima declare su nulidad, dejando sin efecto la sanción de multa impuesta, conforme a los siguientes fundamentos fácticos y legales que paso a exponer:

II.- FUNDAMENTOS DE HECHO:

1.- Que, con fecha XX de XXXXXX de XXXX, fui intervenido en la Av. XXXXXXXXXXXXX, por un efectivo policial, a horas XX:XX p.m. aproximadamente, el cual luego de identificarme me impuso el Acta de Infracción y Sanción Nº XXXXXX, por circular en la calle luego de las 9 p.m., a pesar que le justifiqué mi salida, por lo cual procedí a firmar el acta indicándole que me haría asesorar por abogado, debido a que no quiso entender que mi salida estaba plenamente justificada.

2.- Cumplo con indicar que el día de la intervención me encontraba haciendo cuarentena en casa de mi tía XXXXXXXXXXXXXXX, ubicado en XXXXXXXXXXXXXXXXX, la cual me había solicitado un servicio de refacción de mueble en melamine, servicio que brindo a domicilio para solventar mis gastos personales, ya que a consecuencia del aislamiento social obligatorio he perdido mi trabajo (adjunto fotos del servicio en melamine realizado).

3.- Luego de haber concluido el trabajo, me alistaba para descansar cuando mi tía empezó a tener unos ataques debidos a dificultad para respirar, por lo cual asustado fui corriendo a comprar algún medicamento para ayudarla con su problema, es así que en la desesperación, no me percaté de la hora y cuando buscaba una farmacia en la Av. German Aguirre, fui intervenido por el efectivo policial que me impuso el acta de infracción materia de la presente impugnación.

4.- En ese orden de ideas, cabe señalar lo dispuesto en el Art. 6, numeral 6.1., incisos b) y c) del Decreto Supremo Nº 006-2020-IN:
Son criterios eximentes de responsabilidad administrativa, los siguientes:
(…)
b. Caso fortuito o la fuerza mayor.
c. Situación de emergencia que ponga en riesgo la vida, salud e integridad de las personas.
Por tanto, solicito a usted proceda a ANULAR el Acta de Infracción y Sanción Nº XXXXXX, y dejar sin efecto la sanción de multa, al encontrarme exento de responsabilidad administrativa, ya que como he indicado mi salida a la calle fuera del horario permitido, obedeció estrictamente a un caso fortuito y situación de emergencia por la salud e integridad de una persona.

5.- El pretender imputarme una sanción por una infracción por un hecho legalmente justificado, constituye una violación flagrante de mis derechos expresamente establecidos en la Ley 27444, y los PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, tales como:

5.1.- PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Que señala que las autoridades deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.

En el presente caso, con el Acta de Infracción y Sanción Nº XXXXXX que se me impone, se lesiona normas reglamentarias de obligatorio cumplimiento, que por estar referidas a la validez del acto administrativo, su omisión e inobservancia por parte de la autoridad administrativa, trae como consecuencia la invalidez del acto administrativo, ya que mi salida fuera del horario permitido está plenamente justificada y me exime de responsabilidad administrativa.

5.2.- PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD, el mismo que indica que  “las decisiones de la autoridad administrativa, cuando creen obligaciones, CALIFIQUEN INFRACCIONES, IMPONGAN SANCIONES o establezcan restricciones a los administrados, DEBEN ADAPTARSE DENTRO DE LOS LIMITES DE LA FACULTAD ATRIBUIDA ……”

En el presente caso al pretender cobrar una multa por una infracción de la cual estoy exento de responsabilidad se está violando flagrantemente dicho principio.

5.3.- PRINCIPIO DE PRESUNCION DE VERACIDAD: el mismo que señala que  en la tramitación del crecimiento administrativo, SE PRESUME QUE LOS DOCUMENTOS Y DECLARACIONES FORMULADOS POR LOS ADMINISTRADOS EN LA FORMA PRESCRITA POR ESTA LEY, RESPONDEN A LA VERDAD DE LOS HECHOS QUE ELLOS AFIRMAN.

En el presente caso, tal como hago constar, yo ESTOY EXENTO DE RESPONSABILIDAD SOBRE LA INFRACCIÓN QUE SE ME IMPUTA, vulnerando de esta manera el principio acotado, por lo cual la Resolución de Sanción DEBE SER DECLARADA NULA, conforme a Derecho.


III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:

D.L. Nº 1458

Decreto Supremo Nº 006-2020-IN

Ley Nº 27444 Ley del procedimiento Administrativo General.

POR TANTO:

A usted señor Jefe de la Región Policial de Lima, solicito admitir el presente Recurso de Apelación, dar el trámite que corresponda al mismo y oportunamente declararlo fundado, declarando la NULIDAD DEL ACTA DE INFRACCIÓN Y SANCIÓN Nº XXXXXX.

                                                    Lima, XX de XXXXX de 2020.





…………………………………………
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
D.N.I. Nº XXXXXXXX

Adjunto:
- Copia de mi D.N.I.
- Copia del Acta de Infracción y Sanción Nº 055639
- Tomas fotográficas.


Telefonos: 992930159-988337652.

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