EXPEDIENTE :
ESPECIALISTA :
CUADERNO : PRINCIPAL
ESCRITO : 01
SUMILLA : OTORGAMIENTO
DE ESCRITURA PÚBLICA
SEÑOR
JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL ...:
..identificado
con DNI N° ..,
ambos señalando domicilio procesal en la .. y señalando Casilla
Electrónica Nº 4296; ante usted nos presentamos y decimos:
I.- PETITORIO:
Interponemos demanda contra:
- ..., identificada con
- ..., con domicilio real en ...
A fin de que PROCEDAN A
SUSCRIBIR LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRA VENTA DEL INMUEBLE UBICADO ..., el mismo que se encuentra inscrito en la Partida
Electrónica Nº .., y que fuera
transferido por los titulares registrales de dicho predio Sres. .., a favor de los
demandantes, mediante minuta de compra-venta de fecha 17 de junio de 1978 (en
cuya cláusula primera se denomina como: .., ingresada ante la Notaría
Pública a cargo del ....
II.- FUNDAMENTOS DE HECHO.
Mi Demanda se sustenta en
los siguientes fundamentos de hecho:
1.- Por Minuta de fecha ..., ingresada a la Notaría del .., la empresa
.., vendió a favor de la sociedad conyugal conformada por .. el inmueble ubicado en ... (, el mismo que se encuentra inscrito
en la .., por
el precio de ...suma ésta que LA VENDEDORA ha declarado haber recibido de LOS
COMPRADORES a su entera satisfacción y los demás términos y condiciones que
constan de la referida minuta de compra venta.
2.- Que,
hemos procedido a inscribir a nivel Municipal y de Servicios Básicos como agua
y luz, el predio descrito en el numeral 1, conforme consta en las Declaraciones
Juradas de Autoavalúos y recibo de servicios, en los cuales figura nuestra
titularidad.
3.- Asimismo, los accionantes declaramos que hemos tramitado el LEVANTAMIENTO DE CARGAS Y GRAVÁMENES, que pesan sobre el inmueble descrito en el numeral 1, ante el Seguro Social Del Perú ahora Es salud; ante BANCO DE LA VIVIENDA DEL PERÚ EN LIQUIDACIÓN, el cual después de verificar que se han cancelado todas las deudas y obligaciones recaídas en el mencionado predio, ha procedido a otorgarnos la MINUTA DE CANCELACIÓN DE GRAVÁMENES, de fecha ...
4.- Asimismo, hacemos de vuestro
conocimiento Señor Juez que, previo a la interposición de la presente demanda,
hemos agotado la vía de Conciliación conforme consta de la Certificación
expedida por el Centro de Conciliación “….”, en vista de la inasistencia de los
demandados a las dos audiencias de Conciliación programadas y con asistencia de
uno de ellos a la segunda audiencia, se ha dado por concluido el Procedimiento
de Conciliación, por lo que nos vemos forzados a interponer la presente demanda
a fin de que los demandados cumplan con su obligación de suscribir la
correspondiente Escritura Pública de compra venta y transferencia a que están
obligados.
5.- Que, en el Perú como sucede en muchos países de
tradición romano germánica, el derecho de propiedad inmobiliario se transmite
de manera consensual, es decir, por el mero consenso o acuerdo de voluntades
entre cosa y precio, para que el adquiriente tenga un derecho real oponible con
carácter erga omnes requiere de su inscripción registral, eliminándose así
cualquier riesgo de pérdida y consolidando así su adquisición, conforme lo
establece el artículo 949° en concordancia con el artículo 2022° del Código
Civil.
6.- Que, el otorgamiento de Escritura Pública es
entendido por la jurisprudencia como un deber de las partes de perfeccionar el
contrato. Ante el incumplimiento de este deber, el propietario podrá iniciar
este proceso, atendiendo a los artículos 1412° y 1549° del Código Civil, a fin
de que la parte renuente firme la Escritura de formalización y si a pesar del
mandato judicial se mantiene en su negativa, es el juez quien se sustituye en
el obligado. La verdadera finalidad del proceso de otorgamiento de escritura
pública, cual es formalizar la celebración de un acto jurídico y no la
discusión sobre la validez o eficacia del acto jurídico, ni mucho menos la
transmisión de la propiedad, la entrega del bien o cualquier otro tipo de
prestación que las partes deban cumplir. El proceso de otorgamiento de
escritura pública tiene por finalidad dar una mayor seguridad a la celebración
del acto jurídico, brindándole solemnidad o formalidad revestida de garantías
(Cas. N° 2069-2001-Arequipa,
03/07/2002), por lo cual venimos a interponer la presente demanda
III.- FUNDAMENTACION JURIDICA:
Mi petitorio se fundamenta
legalmente en:
-
Art. VI del Título Preliminar del Código Civil que
establece que para ejercitar una acción se debe tener legítimo interés
económico.
-
Art. 1361º del Código Civil que indica que los
contratos son obligatorios en cuanto se haya expresado en ellos.
-
Art. 1412º del Código Civil que estipula que si por
mandato de la ley o por convenio –como en el presente caso- debe otorgarse
Escritura Pública, las partes pueden compelerse recíprocamente a llenar la
formalidad requerida y que dicha pretensión se tramita como Proceso Sumarísimo.
-
Art. 1418º del Código Civil que establece que la
injustificada negativa del obligado a celebrar el contrato definitivo otorga a
la otra parte, el derecho de exigir judicialmente la celebración del contrato.
-
Art. 1549º del Código Civil que establece que es
obligación esencial del vendedor perfeccionar la transferencia de la propiedad
del bien.
-
Art. 1551º del Código Civil que indica que El Vendedor
debe entregar los documentos y títulos relativos a la propiedad.
-
Artículo 660° del Código Civil que indica que desde el momento de la muerte de una persona, los
bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se trasmiten a sus
sucesores.
IV.- VIA PROCEDIMENTAL:
De conformidad a lo
dispuesto por el Art. 1412 del C.C., la vía procedimental a seguir es la de un
PROCESO SUMARISIMO.
V.- MEDIOS PROBATORIOS:
El mérito de los siguientes
documentos que se adjuntan en el respectivo anexo:
1.- Copia Legible del D.N.I.
del demandante: ANEXO 1-A.
2.- Copia Legible del D.N.I.
de la demandante: ANEXO 1-B.
3.- Copia legalizada de la minuta de compra venta de fecha 1...
4.- Copia Certificada de la
Ficha ..
5.-: Original del Recibo servicios, correspondiente al inmueble ubicado ...
6.- Original de la Declaración Jurada de Autoavalúo del inmueble el inmueble ubicado ..
7.- LEVANTAMIENTO DE CARGAS Y GRAVÁMENES, q ante el Seguro Social Del Perú ahora Es salud; ante BANCO DE LA VIVIENDA DEL PERÚ EN LIQUIDACIÓN, el cual después de verificar que se han cancelado todas las deudas y obligaciones recaídas en el mencionado predio, ha procedido a otorgarnos la MINUTA DE CANCELACIÓN DE GRAVÁMENES, de fecha ..
7.- Acta de Conciliación Nº …, de fecha …, expedida por el Centro de conciliación “…”:
POR TANTO:
A Ud. solicito
Señor Juez, admitir la presente demanda, tramitarla de acuerdo a su naturaleza
y oportunamente declararla fundada.
OTROSI DIGO (1). - Que cumplo con
adjuntar copias suficientes de la demanda y de todos sus anexos para los demandados,
así como el recibo de pago del Arancel Judicial correspondiente y cédulas de
Notificación.
OTROSI DIGO (2). - Que, de
conformidad con lo dispuesto por el Artículo 80º del Código Procesal Civil,
otorgo las facultades generales de representación que señalan los artículos 74º
y 75º del acotado, al letrado que autoriza el presente ..., declarando estar instruido de tal
representación y de sus alcances, señalando mi domicilio para tal efecto, el
indicado en el introito de la presente demanda.
Lima, ...
ELIAS GRIJALVA ALVARADO
DNI: 06072060
