CONTRATO DE CESIÓN DE USO.
Conste por el presente acto jurídico un CONTRATO DE CESIÓN DE USO que celebran
de una parte los señores calidad
de posesionaria …, peruana,
empresaria, identificada con DNI. N° …, domiciliada .., , distrito de ..,
provincia y departamento de Lima, quien procede por su propio derecho a quien
en adelante se le denominara LA CEDENTE; y de otra parte la empresa … EIRL, con R.U.C. N° …, debidamente representada por …, identificado con DNI. Nº …, domiciliado en la … de Lima; a quien en adelante se
le denominará en adelante se le
denominará LA CESIONARIA; en los
términos y estipulaciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: DE REFERENCIA DE LAS PARTES
1.1) LA CESIONARIA empresa dedicada al alquiler de maquinaria
pesada y venta de productos ferreteros.
1.2) LA CEDENTE es una declara ser posesionaria
del inmueble… de Lima, con un área total de 100 m2 (cien metros cuadrados).
CLÁUSULA SEGUNDA: DE OBJETO DEL CONTRATO
2.1) Por el presente acto jurídico contractual la
cedente acuerda en ceder el uso temporal del terreno del que tiene posesión mencionado
en la cláusula 1.2., a título de CESIÓN EN USO, a LA CESIONARIA.
CLÁUSULA TERCERA: DE DESTINO DEL BIEN
3.1) LA CESIONARIA se compromete expresamente a usar el bien
materia de la presente CESIÓN EN USO, para poner una ferretería, pudiendo
realizar actividades similares además está facultado a realizar mejoras sobre
el inmueble de ser necesario.
3.2) LA CESIONARIA se compromete expresamente pagar los servicios
básicos además a pagar los impuestos municipales.
3.3) Queda terminantemente prohibido para la
cesionaria dar al bien recibido en cesión en uso, un destino distinto al
mencionado en el punto 1.2.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PLAZO DE LA CESION DE USO
4.1) La CESIÓN EN USO del vehículo sobre el cual versa el presente acto
jurídico, será de un (01) año o hasta que esté vigente el contrato de alquiler
que le dio origen, lo que pase primero, el mismo que podrá ser prorrogado
voluntariamente por las partes, para lo cual se deberá elaborar el contrato
respectivo.
CLÁUSULA QUINTA: DE NO CESIÓN
5.1) LA CESIONARIA se encuentra prohibida de ceder a un tercero
el uso del terreno materia del presente contrato de igual forma, no es
procedente la cesión de posición contractual, sin previo consentimiento de LA CEDENTE.
CLÁUSULA SEXTA: DE LA CONSERVACIÓN Y CUSTODIA
DEL BIEN
6.1) Al momento de la culminación del plazo de duración de la CESIÓN DE USO, el
cesionario se obliga a entregar el inmueble detallando las mejoras realizadas
si las hubiere, antes de proceder a su entrega, cuyo costo será asumido por LA CESIONARIA.
CLÁUSULA SÉTIMA: DE RESTITUCIÓN DEL TERRENO.
7.1) Una vez vencido el plazo de duración del
contrato de cesión en uso o resuelto el mismo por alguna de las partes, el
cesionario deberá proceder a la restitución inmediata a LA CEDENTE.
CLÁUSULA OCTAVA: DE MEDIO DE PAGO
8.1) Por el presente acto jurídico contractual las
partes declaran que no obstante al ser el presente contrato uno de naturaleza
gratuita no se utiliza ningún medio de pago. Se deja expresa constancia de
ello, conforme a las normas sobre bancarización vigente al momento de su
celebración.
CLÁUSULA NOVENA: DE LA SOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS
9.1) Las partes acuerdan expresamente que toda
controversia o conflicto derivada de la interpretación o ejecución del presente
contrato será resuelta directamente por las partes, para cuyo efecto éstas se
comprometen a realizar sus mayores esfuerzos para la solución armónica de sus
controversias con sustento a las reglas de la buena fe y atendiendo a la común
intención de las partes, un plazo que no podrá ser superior a los diez (10)
días hábiles contados a partir del día en que se comunique a la otra parte el
surgimiento de la disputa.
9.2) Si a pesar de ellos las diferencia subsisten,
la controversia será sometida a la decisión inapelable de un árbitro de un
centro de conciliación ubicado en la ciudad de lima.
9.3) El arbitraje será estrictamente de derecho y no
de conciencia, conforme a los reglamentos del centro de conciliación.
Las partes firman el presente acto jurídico en
señal de conformidad, en la ciudad lima el día
5 de noviembre del año 2018.
LA CEDENTE. LA CESIONARIA

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