M I N U T A:
SEÑOR NOTARIO:
Sírvase
Usted extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de COMPRAVENTA, que celebran de una parte don…, de nacionalidad peruana, Ingeniero de
Minas, estado civil divorciado, identificado con D.N.I. Nº …, con domicilio en …, a quien en adelante se denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte …, con R.U.C. No…, débilmente
representada por su Gerente General…,
identificado con D.N.I. Nº…, de nacionalidad peruana, estado civil casado, de
profesión empresario, estado civil casado, según facultades inscritas en la
Partida Electrónica Nº …, del Registro de Personas Jurídicas de Lima, con
domicilio en …; a quien en adelante se le denominará EL COMPRADOR; en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO.- DEL BIEN INMUEBLE
MATERIA DEL CONTRATO:
EL VENDEDOR, es propietario del inmueble ubicado en SUB …, FUNDO …, …, cuya área superficial de 2,211.20 m2, linderos, medidas perimétricas y demás características constan
inscritos en la PARTIDA ELECTRÓNICA Nº …
DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LIMA.
Parte de dicho
predio lo adquirió conjuntamente con …, mediante escritura pública de
compraventa celebrada ante notario …, realizado a sus anteriores propietarios …y
…, quedando inscrito su dominio en el asiento C00004 de la Partida Electrónica
Nº … del Registro de Predios de Lima; el mismo que posteriormente fue acumulado
en la Partida Electrónica Nº … del
Registro de Predios de Lima.
Asimismo,
adquirió parte del predio materia de transferencia, conjuntamente con…,
mediante escritura pública de compraventa celebrada ante notario Dr. …,
realizado a su anterior propietaria …, quedando inscrito su dominio en el
asiento C00003 de la Partida Electrónica Nº … del Registro de Predios de Lima;
el mismo que posteriormente fue acumulado en la Partida Electrónica Nº … del Registro de Predios de Lima.
Posteriormente,
respecto a los predios inscritos en las Partidas Electrónicas Nº… y …, que fueran
acumulados en la Partida Electrónica Nº … del Registro de Predios de Lima, se
realizó adjudicación por liquidación del régimen patrimonial (inscrito en la
Partida Electrónica Nº … del Registro Personal de los Registros Públicos de
Lima), a favor del vendedor Sr. …, quedando inscrito su dominio sobre la
totalidad del mencionado predio en el asiento C00002, de la Partida
Electrónica Nº … del Registro de Predios de Lima.
SEGUNDO.- DE LA COMPRAVENTA:
Mediante la
presente, EL VENDEDOR da en venta
real y enajenación perpetua a favor de EL
COMPRADOR, el bien inmueble especificado en la cláusula precedente,
comprendiéndose en la venta, la misma que se efectúa ad-corpus, todo lo que de hecho y por derecho le toca y
corresponde al mencionado bien inmueble, sin reserva ni limitación alguna.
TERCERO.- DEL PRECIO DE VENTA Y LA
FORMA DE PAGO:
El precio de
venta pactado de acuerdo entre las partes contratantes por el inmueble
especificado en la cláusula primera de esta minuta es de US$ 290,000.00 (DOSCIENTOS NOVENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);
monto que EL VENDEDOR recibirá de
parte de EL COMPRADOR, de la
siguiente manera:
3.1.- A la
firma de la presente minuta, la suma de US$
20,000.00 (Veinte Mil y 00/100 dólares americanos), mediante cheque de
gerente Nº … No Negociable del Banco de Crédito del
Perú, monto originado de recursos propios del comprador, lo cual será realizado
bajo fe de entrega notarial.
3.2.- A la
firma de la Escritura Pública que genere la presente minuta, la suma de US$ 270,000.00 (Doscientos Setenta mil y
00/100 dólares americanos), divididos en dos pagos uno de por la suma de US$ 38,000.00 (treinta y ocho Mil y 00/100
dólares americanos), mediante cheque de gerencia del Banco de Crédito del
Perú, monto originado de recursos propios del comprador, lo cual será realizado
bajo fe de entrega notarial y US$
232,000.00 (doscientos treinta y dos Mil y 00/100 dólares americanos),cheque
de gerencia, monto originado por un crédito hipotecario financiado por el Banco
de Crédito del Perú, lo cual será realizado bajo fe de entrega notarial,
confiriéndole plenos efectos cancelatorios.
CUARTO.- DE LA EQUIVALENCIA:
Las
contratantes declaran que, entre el precio de venta pactado y el inmueble que se
vende, existe justa y perfecta equivalencia y que si hubiere alguna diferencia
de más o de menos, que al momento no perciben, se hacen de ella mutua gracia y
recíproca donación, renunciando desde ahora a toda acción o excepción que por
cualquier concepto tienda a invalidar los efectos legales del presente
contrato, así como a los plazos que la ley señala para interponerlas.
QUINTO.- DEL SANEAMIENTO:
EL VENDEDOR declara que sobre el bien inmueble que por el
presente contrato enajena solo pesa una servidumbre de paso inscrito en el
asiento D00001, de la Partida Electrónica Nº… del Registro de
Predios de Lima, obligándose no obstante esta declaración, al saneamiento
por evicción, conforme a la ley.
SEXTO.- DEL IMPUESTO PREDIAL:
EL VENDEDOR declara que se encuentran al día en
el pago del Impuesto predial correspondiente al bien inmueble materia del
presente contrato, dejando constancia, en forma de Declaración Jurada, que el/los recibos de pago del referido
impuesto que se insertan y/o adjuntan en la Escritura Pública que esta minuta
origine, corresponden al mencionado bien inmueble, declaración que efectúa
conforme a la Directiva Nº 07-2005-SUNARP- SN aprobada por Resolución de la
Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 318-2005-SUNARP/SN de
fecha 20 de diciembre del 2005, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con
fecha 21 de diciembre del 2005.
SETIMO.- DEL IMPUESTO A LA ALCABALA:
EL COMPRADOR declara que asume plena
responsabilidad sobre el impuesto de alcabala que pudiera afectar a la presente
transferencia, de conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº
776, y sus normas modificatorias.
OCTAVO.- DEL IMPUESTO A LA RENTA
DE SEGUNDA CATEGORÍA:
EL VENDEDOR declara que la presente transferencia está
afecta al impuesto a la renta de segunda categoría por enajenación de predios.
NOVENO.- DECLARACIÓN:
Las
partes, manifiestan de manera libre y voluntaria que se conocen mutuamente y
que la etapa de negociación ha sido llevada a cabo con anterioridad a la
intervención del letrado que redacta el documento y que cumple con recoger la
voluntad de las partes contratantes;
además declaran que en la celebración del presente contrato no ha mediado dolo,
error, lesión o violencia que pudiere invalidarlo, asumiendo los contratantes
la responsabilidad total de los efectos y consecuencias del presente acto.
DECIMO.- DE LOS GASTOS:
Todos los
gastos que demande el otorgamiento de la Escritura Pública que esta minuta
origine, como son los gastos notariales y los de su inscripción en el registro
de Predios, serán de cuenta y cargo de EL
COMPRADOR.
Agregue Usted
Señor Notario lo demás que fuere de ley, y pase partes al Registro de Predios
de la Oficina Registral de Lima para su correspondiente inscripción.
Lima,…
…
EL VENDEDOR
…
EL COMPRADOR

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